NYC Abogado de Defensa de Incendios

Inicio |  NYC Abogado de Defensa de Incendios

Abogado defensor de incendios provocados en Nueva York

Los delitos de incendio provocado en Nueva York implican el acto de prender fuego a un edificio o algún otro tipo de propiedad sin el consentimiento del propietario. Con el fin de determinar el tipo de cargos que se presentarán en un caso de incendio provocado, es necesario tener en cuenta el tipo de propiedad que se quemó, el valor de la propiedad, el tipo de fuego / acelerantes que se utilizaron, y si había algún riesgo de daño a otras personas durante la comisión del incendio provocado.

Debido al hecho de que el uso del fuego para destruir la propiedad siempre conlleva algún elemento de riesgo de daño físico, los fiscales del Estado de Nueva York toman estos casos muy en serio y no dudan en ir agresivamente tras los presuntos infractores. Por lo tanto, es extremadamente importante que una persona obtenga ayuda legal tan pronto como se entere de los cargos a los que se enfrenta.

En Ley Penal de Nueva York, sección 150La comisión del delito de incendio provocado se desglosa en cinco categorías de cargos. La naturaleza de este delito requiere una intención deliberada y maliciosa, lo que proporciona uno de los puntos clave planteados en muchas defensas: que el acusado no provocó el incendio intencionadamente. Para determinar en qué grado se cometió el delito, los factores que se tienen en cuenta son:

  • La intención del acusado en el momento de iniciarse el incendio;
  • El tipo de materiales que se utilizaron para iniciar el incendio;
  • Si el incendio suponía un riesgo significativo de daños corporales o muerte.
  • Si hubo heridos o muertos como consecuencia del incendio.

El fiscal también tendrá en cuenta el tipo de edificio en el que se produjo el incendio provocado, acusando al sospechoso de un delito más grave si se trataba de una vivienda ocupada en lugar de un edificio de oficinas vacío.

Los cinco grados de incendio provocado son:

  • Incendio provocado en quinto grado - Este delito puede imputarse cuando una persona inicia intencionadamente un incendio con la intención de dañar una propiedad. Se trata de un delito menor de clase A y conlleva la posibilidad de una condena alternativa con una pena máxima de 12 meses de cárcel;
  • Incendio provocado en cuarto grado - Se trata de un delito grave de clase E. Una persona puede ser acusada de este delito si daña imprudentemente un vehículo de motor o un edificio provocando intencionadamente un incendio. Este delito puede resultar en una sentencia de entre uno a tres años y de 1.3 a cuatro años;
  • Incendio provocado en tercer grado - Se trata de un delito grave de clase C. Una persona puede ser acusada de este delito si daña intencionadamente un vehículo de motor o un edificio provocando intencionadamente un incendio (tiene que haber intención de causar daños e intención de provocar el incendio. Este delito puede dar lugar a una condena de entre uno y tres años y de cinco a 15 años;
  • Incendio provocado en segundo grado - Se trata de un delito grave de Clase B. Una persona puede ser acusada de este delito si intencionalmente inició un incendio y daña un vehículo de motor o un edificio, había una persona en la propiedad, y el acusado sabía o razonablemente debería haber sabido que alguien estaba en la propiedad. Este delito puede dar lugar a una condena de entre cinco y 25 años de prisión; y
  • Incendio provocado en primer grado - Se trata de un delito grave de clase A-1. Este delito puede ser acusado cuando:
    • La persona provocó intencionadamente un incendio o causó una explosión para dañar intencionadamente un vehículo de motor o un edificio; y
      • El incendio ha sido provocado por un artefacto incendiario o explosivo.
      • Una persona distinta del acusado resultó gravemente herida como consecuencia del incendio; o
      • La persona provocó el incendio para obtener un beneficio económico; y
    • Había una persona presente en el vehículo o en el edificio cuando se inició el incendio; y
    • La persona que provocó el incendio sabía o debería haber sabido razonablemente que había una persona en el vehículo o edificio.

NYC Abogado de Defensa de Incendios

Bajo la ley de Nueva York, los delitos de incendio provocado sólo puede ser acusado si la persona tenía la intención de provocar el incendio, que es una carga muy difícil para el fiscal. Si usted ha sido acusado de un delito de incendio, es importante obtener ayuda legal determinada y bien informada rápidamente.

En Greco Neyland, PCNuestros abogados están listos para comenzar a trabajar en su defensa inmediatamente, ya sea que haya habido una falta de intención o que usted no haya estado involucrado en el crimen del que se le acusa. Llámenos al (212) 951-1300 o Contacto para programar una consulta inicial gratuita. Tenemos oficinas en Manhattan para servir a los cinco distritos de la ciudad de Nueva York.

Recursos de la Ley de Defensa contra Incendios Provocados de Nueva York:

Nuestra Abogados penalistas NYC ayudar a clientes acusados o imputados de lo siguiente:

Obtener ayuda

  • Este campo tiene fines de validación y no debe modificarse.

Resultados de los casos

Testimonios

en_USEN