NYC Abogado de Defensa de Marihuana

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Abogado defensor de marihuana en Nueva York

El cannabis es la sustancia más consumida en la ciudad de Nueva York cuya posesión también es ilegal en virtud de la legislación federal y, en más casos, de la estatal. Desde 2014, el estado de Nueva York está elaborando normas que conducirán a la legalización de pequeñas cantidades de marihuana medicinal no fumable para determinados pacientes.

Los cargos relacionados con la marihuana pueden incluir la posesión de una pequeña cantidad, que es una infracción no penal, hasta el tráfico, que es un delito grave que conlleva una sentencia mínima obligatoria de prisión. Incluso los delitos menores, sin embargo, deben ser tomados en serio. Para cualquier acusación, su mejor estrategia es ponerse en contacto con un abogado experto en defensa de la marihuana para que lo represente.

NYC Abogado de Defensa de Marihuana

En Greco Neyland, PCRepresentamos a clientes por cualquier cargo relacionado con el cannabis, desde infracciones no penales hasta delitos graves. Investigaremos a fondo las circunstancias de su arresto y desafiaremos las pruebas que presenten los fiscales, tratando de reducir o desestimar los cargos. Hemos trabajado como fiscales, por lo que entendemos ambos lados de la sala del tribunal penal y pondremos ese conocimiento a trabajar para usted.

Llámenos hoy mismo al (212) 951-1300 para programar una consulta gratuita con un abogado defensor de marihuana en Manhattan. También representamos a clientes en Brooklyn (Condado de Kings), así como todos los demás distritos en el área de Nueva York.

Cargos por posesión de cannabis

Aunque sigue siendo ilegal poseer marihuana según la legislación neoyorquina, la posesión de una pequeña cantidad, inferior a 25 gramos, fuera de la "vista normal" ya no es un delito penal. En su lugar, es una "infracción".

Un agente emitirá una "multa de comparecencia" (DAT) en lugar de arrestar a una persona acusada de poseer esta cantidad de marihuana. La multa indicará una fecha límite para que la persona multada responda. Si no responde antes de esa fecha, se emitirá una orden de arresto. Incluso para un DAT, usted necesitara un abogado defensor calificado para ayudarle. No trate de manejarlo usted mismo.

Las penas por estas infracciones pueden parecer leves: $100 por la primera infracción, $200 por la segunda, $250 y hasta 15 días de cárcel por la tercera o siguientes. Sin embargo, hay sanciones ocultas. La infracción permanecerá en su expediente y podría tener un profundo efecto sobre las personas con licencias profesionales y los estudiantes que buscan ayuda financiera.

Muchas personas son elegibles para un Aplazamiento en Contemplación de Desestimación (ACD). Con un ACD, usted puede realizar algunas horas de servicio comunitario y pagar una multa, y la violación es despedido. Podemos negociar con los fiscales para un ACD si ese es su mejor curso de acción a tomar en su caso particular. Sin embargo, un ACD no es automático. Un abogado defensor experto debe negociar para obtener un ACD, si este es el plan para su caso. No se le ofrecerá porque sí.

Si se alega que la posesión está "a la vista" (es decir, se le acusa de fumar un porro en público) se enfrentará a cargos de delito menor de clase B. Lo mismo ocurre si se le acusa de tener entre 25 gramos y dos onzas. Lo mismo ocurre si se le acusa de tener entre 25 gramos y dos onzas. Estos cargos pueden suponer hasta 3 meses de cárcel o un año de libertad condicional, y una multa de $250. De dos a ocho onzas es un delito menor de clase A.

La posesión de más de ocho onzas, o media libra, es un delito grave. Las clasificaciones de los delitos de posesión de marihuana en Nueva York son las siguientes:

  • Posesión Criminal de Marihuana en Quinto Grado, Ley Penal de Nueva York § 221.10 - Es un delito menor de clase B si una persona posee a sabiendas e ilegalmente más de 25 gramos pero menos de dos onzas de marihuana
  • Posesión Criminal de Marihuana en Cuarto Grado, Ley Penal de Nueva York § 221.15 - Es un delito menor de clase A si una persona posee a sabiendas e ilegalmente más de dos onzas pero menos de ocho onzas de marihuana
  • Posesión Criminal de Marihuana en Tercer Grado, Ley Penal de Nueva York § 221.20 - Es un delito grave de clase C si una persona posee a sabiendas e ilegalmente más de ocho onzas pero menos de 16 onzas de marihuana
  • Posesión Criminal de Marihuana en Segundo Grado, Ley Penal de Nueva York § 221.25  - Es un delito grave de clase D si una persona posee a sabiendas e ilegalmente más de 16 onzas pero menos de 10 libras de marihuana
  • Posesión Criminal de Marihuana en Primer Grado, Ley Penal de Nueva York § 221.30 - Es un delito grave de clase C si una persona posee a sabiendas e ilegalmente más de 10 libras de marihuana

Cargos por distribución de marihuana

Mientras que la posesión de marihuana ha sido despenalizada hasta cierto punto, la venta no lo ha sido. De forma similar a la posesión, los cargos penales por distribución de marihuana en Nueva York se determina en función del peso del cannabis vendido.

"Vender" menos de dos gramos es un delito menor de clase B si se hace sin contraprestación; en otras palabras, si el acusado no recibe dinero. Se trata esencialmente de una pena, en muchos casos, por regalar un porro. Vender menos de 25 gramos es un delito menor de clase A.

Cualquier cantidad superior a 25 gramos es un delito grave. Cargos de felonía también pueden ser presentados si usted es acusado de vender cualquier cantidad de marihuana a un menor de edad, con una sentencia mínima de un año en la cárcel y un potencial de dos años y medio en prisión.

Operar como "gran traficante" es un delito grave con una condena mínima obligatoria de 15 años de prisión. Una persona puede ser un traficante importante de marihuana si obtuvo $75,000 en ganancias o más en un año o menos. Las clasificaciones de los delitos relacionados con la venta de marihuana en Nueva York son las siguientes:

  • Posesión Criminal de Marihuana en Quinto Grado, Ley Penal de Nueva York § 221.10 - Es un delito menor de clase B si una persona vende a sabiendas e ilegalmente dos gramos o menos de marihuana o un cigarrillo que contenga marihuana
  • Posesión Criminal de Marihuana en Cuarto Grado, Ley Penal de Nueva York § 221.15 - Es un delito menor de clase A si una persona vende a sabiendas e ilegalmente más de dos gramos pero menos de 25 gramos de marihuana
  • Posesión Criminal de Marihuana en Tercer Grado, Ley Penal de Nueva York § 221.20 - Es un delito grave de clase C si una persona vende a sabiendas e ilegalmente más de 25 gramos pero menos de cuatro onzas de marihuana.
  • Posesión Criminal de Marihuana en Segundo Grado, Ley Penal de Nueva York § 221.25  - Es un delito grave de clase D si una persona, a sabiendas e ilegalmente, vende más de cuatro onzas pero menos de 16 onzas de marihuana, o si él o ella, a sabiendas e ilegalmente, vende marihuana a una persona menor de 18 años de edad.
  • Posesión Criminal de Marihuana en Primer Grado, Ley Penal de Nueva York § 221.30 - Es un delito grave de clase C si una persona a sabiendas e ilegalmente vende más de 16 onzas de marihuana

Estado de la marihuana medicinal en Nueva York

El gobernador Andrew Cuomo firmó en julio de 2014 la Ley de Cuidado Compasivo, que legaliza la marihuana medicinal en determinadas circunstancias. El Departamento de Salud del Estado de Nueva York está actualmente en proceso de implementar el programa, incluyendo la promulgación de normas. Hasta que se complete este proceso, la marihuana sigue siendo ilegal.

La ley permitirá a las personas con determinadas afecciones que sigan los procedimientos adecuados adquirir un suministro de marihuana para 30 días. Fumar la marihuana no será un método aprobado para ingerirla.

Una vez finalizado el proceso de implantación, la marihuana seguirá siendo ilegal si no se obtiene a través del programa. Esto incluye el cannabis medicinal obtenido en otros estados. Si, por ejemplo, obtienes marihuana medicinal en Nueva Jersey y luego cruzas el túnel Lincoln hacia Manhattan, podrías ser arrestado por posesión.

Recursos sobre delitos relacionados con la marihuana en Nueva York

Organización Nacional para la Reforma de las Leyes sobre la Marihuana (NORML) - Este sitio web contiene información sobre todas las leyes y penas de Nueva York por delitos relacionados con la marihuana, incluyendo posesión, venta, tráfico, cultivo y parafernalia. También hay información sobre otros asuntos legales, nuevas publicaciones y formas de actuar.

Proyecto de política sobre la marihuana (MPP) - Esta organización trabaja para reformar las leyes sobre la marihuana en todo Estados Unidos, lo que incluye presionar al Congreso para que apruebe leyes que sustituyan la prohibición y permitan a los enfermos graves consumir marihuana medicinal.

Cuidado Compasivo NY (CCNY) - Se trata de un grupo estatal que trabaja para establecer un programa de marihuana medicinal cuidadosamente regulado en Nueva York.

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Abogado de Marihuana en NYC - Greco Neyland, PC

No tome ningun cargo de marihuana en la ciudad de Nueva York a la ligera, incluso una multa (DAT). Al mirar cuidadosamente los detalles que rodean su arresto, podemos determinar que la marihuana puede haber sido encontrada como resultado de una búsqueda o incautación ilegal.

Si el cannabis es suprimido como prueba, hay una buena probabilidad de que sus cargos puedan ser retirados. Llámenos hoy al (212) 951-1300 para programar una consulta gratuita.

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